Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
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- Etapas y factores a evaluar
La evaluación de los postulantes constará de cuatro (4) etapas que se indican a continuación:
Etapa I “Formación Educacional, Estudios de especialización y Cursos de Capacitación”, se compone de los factores asociados a:
- Formación Educacional: Evalúa la pertinencia del título o nivel de estudios del candidato, según las características definidas en el perfil de cargo
- Estudios de Especialización: Capacitación y otras actividades de perfeccionamiento: actividades requeridas por el perfil del cargo.
Etapa II “Experiencia Laboral”, que se compone de los siguientes factores:
- Experiencia laboral: Experiencia laboral en área asociada al cargo.
Etapa III “Apreciación técnico - global”, que se compone del siguiente factor:
- Entrevista de apreciación técnico global: Entrevista presencial o por videoconferencia (mediante solicitud expresa del postulante), efectuada por la Comisión de Selección o quien esta designe, y un/a Representante de Asociación de funcionarios SEREMI MINVU – SERVIU Atacama, aplicada a los/as postulantes que hayan superado la Etapa II. Esta actividad tiene por objetivo evaluar conocimientos técnicos asociados al perfil y adecuación del postulante a las exigencias del contexto del cargo.
El medio a utilizar, la fecha y el horario será previamente informado al correo electrónico de usuario/a de Empleos Públicos de cada postulante.
Etapa IV “Adecuación psicolaboral”, que se compone del siguiente factor:
- Evaluación psicolaboral para el cargo: Entrevista por videollamada o presencial, realizada por un profesional psicólogo a los postulantes que hayan superado la etapa III, orientada a identificar estilos de trabajo y el nivel de desarrollo de las competencias laborales especificadas en el perfil del cargo. A esta etapa del proceso avanzaran los 3 candidatos con los mejores puntajes obtenidos en la Etapa III “Apreciación global del postulante”. En caso de igualdad en la puntuación, el factor de desempate será el puntaje obtenido en la evaluación de “Experiencia profesional” correspondiente a la Etapa II. En caso de continuar la igualdad de puntaje, la decisión será responsabilidad de la Comisión de Selección.
*Los postulantes que obtengan un resultado "No recomendable" en su evaluación psicolaboral no continuarán en el proceso de selección.
El medio a utilizar, la fecha y el horario será previamente informado al correo electrónico de usuario de Empleos Públicos de cada postulante.
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- Puntaje de postulante idóneo
El puntaje final de cada postulante corresponderá a la suma de los puntajes obtenidos en cada una de las etapas del proceso de selección. Los puntajes finales se calcularán solo respecto de aquellos postulantes que hubieren obtenido los puntajes mínimos que cada etapa requiere.
Para ser considerado postulante idóneo el candidato deberá reunir un puntaje igual o superior a 64 puntos. El postulante que no reúna dicho puntaje no podrá continuar en el proceso de selección.
En caso de que no existan postulantes idóneos, una vez concluido el proceso, se deberá declarar desierto.
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- Ponderación, criterios de evaluación, puntajes, fechas y lugares de realización de las etapas
A continuación, se muestra una tabla en la que se explicitan las etapas, factores y su ponderación, criterios de evaluación, puntajes, fechas y lugares de realización.
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ETAPA Y PONDERACIÓN
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FACTOR
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CRITERIO
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PTJE. FACTOR
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PTJE. MÁX. ETAPA
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PTJE. MÍN. ETAPA
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PLAZO Y MEDIO DE REALIZACIÓN
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ETAPA I: Formación Educacional, Estudios de Especialización y Cursos de Capacitación
25%
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Formación Educacional
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Se requiere Enseñanza Media aprobada o Equivalente.
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15
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25
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19
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7 días hábiles (Evaluación interna)
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Otros títulos o estudios
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5
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Capacitación
y/o perfeccionamiento
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Posee 4 o más cursos señalados en el 3.2.
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10
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Posee entre 2 y 3 cursos señalados en el 3.2.
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7
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Posee 1 capacitación en materias enunciadas en las Bases del Proceso o no la acredita debidamente.
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4
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ETAPA II: Experiencia Laboral
25%
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Experiencia Laboral
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Experiencia laboral debidamente acreditada de 2 años o más, en áreas señaladas en el 3.3.
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25
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25
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15
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Experiencia laboral debidamente acreditada de mínimo 1 año, en áreas señalados en el 3.3.
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15
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Sin Experiencia laboral o no la acredita debidamente.
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5
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ETAPA III: Apreciación global del postulante
25%
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Entrevista de apreciación global
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Nota de 6,0 a 7,0
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25
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25
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15
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9 días hábiles posteriores al término del plazo establecido para la Etapa III
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Nota de 5,0 a 5,9
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15
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Nota igual o inferior a 4,9
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5
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ETAPA IV: Adecuación Psicolaboral
25%
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Evaluación Psicolaboral
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Recomendable para el cargo
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25
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25
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15
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5 días hábiles posteriores al término del plazo establecido para la Etapa IV
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Recomendable con observaciones para el cargo
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15
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No Recomendable para el cargo
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0
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Puntaje mínimo para ser considerado idóneo
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64
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PUNTAJE TOTAL
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100
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Sin perjuicio de lo anterior y por razones de fuerza mayor, el Servicio podrá modificar los plazos contenidos en la calendarización, informando oportunamente dicha circunstancia a los postulantes, a través de correo electrónico.