Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Las bases y sus respectivos formularios de postulación, previamente aprobadas por Resolución Exenta, estarán disponibles en la página institucional del establecimiento www.hospitalvictoria.cl enlace “trabaje con nosotros” y en el portal www.empleospublicos.cl
Los antecedentes se recepcionarán vía on-line hasta el día 16 de febrero del 2026 a las 23:59 hrs. A través del portal www.empleospublicos.cl.
Cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases podrá participar del proceso de postulación y selección
Los(as) funcionarios(as) cuyo retiro de la Administración del Estado haya obedecido a una medida disciplinaria expulsiva o calificación insuficiente, sólo podrá postular transcurrido cinco años de su alejamiento y previa rehabilitación, en el primer caso.
Los postulantes deben leer cuidadosamente las Bases, para poder cumplir con cada uno de los requisitos. Cada postulante debe presentar todos los antecedentes solicitados; y cada documento que se presente es de responsabilidad exclusiva del postulante.
Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios(as) de éste y completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular. Dichos documentos deben ser adjuntados/actualizados para poder postular.
Los/as postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as postulantes que se presenten en este concurso.
No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el Portal de Empleos Públicos. No obstante, complementariamente los postulantes deberán enviar la misma documentación cargada en la plataforma, al correo psicologia.hospitalvictoria@gmail.com dentro del mismo plazo establecido para el periodo de postulación. Enviar documentación con el asunto “Postulación SDGC – Hospital Victoria (nombre del postulante)”. EJ: Postulación SDGC – Hospital Victoria – Juan González Catalán
Las consultas respecto al proceso de selección y postulación deben ser canalizadas a dante.ponce@araucanianorte.cl