Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
ADMISIBILIDAD
En esta instancia, se procederá a evaluar si las personas que enviaron sus postulaciones cumplen con los requisitos indicados en estas bases Nº 3 (según formación, capacitación y experiencia laboral según perfil). Es decir, se determinará quienes han realizado una adecuada postulación, cumpliendo con adjuntar los documentos solicitados y en las formas requeridas. Por esta razón, los postulantes que no dieran cumplimiento a lo requerido al enviar sus antecedentes no podrán ser incorporados al proceso de Reclutamiento y Selección.
PRIMERA FASE: Evaluación de Antecedentes Curriculares
Esta fase corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los(as) postulantes considerando la formación educacional y experiencia técnica. La formación educacional se debe acreditar mediante certificado de título, al igual que las capacitaciones, que deberán contener fecha y cantidad de horas, y se deberán adjuntar a la postulación. Puede utilizar el formato dispuesto por la Dirección Nacional del Servicio Civil en; http://www.empleospublicos.cl/documentos/certificadoLaboral.doc. En caso de no determinarse la presencia de más de un postulante habilitado para continuar con el proceso, la comisión de selección podrá declararlo desierto.
La Comisión de Selección será la encargada de determinar qué estudios o capacitaciones serán estimadas como de formación pertinente con el desempeño del cargo, considerando las competencias definidas en el perfil del cargo, siempre y cuando estas contemplen una duración igual o superior a 20 horas.
SEGUNDA FASE: Evaluación Técnica
Esta fase consiste en la aplicación de una evaluación técnica basada en los requerimientos generales del perfil y las materias específicas del cargo, a los y las postulantes, con el objetivo de determinar el nivel de conocimientos teóricos y/o prácticos que estos poseen. Esta evaluación, se puntuará con escala de notas de 1.0 a 7.0, siendo 5.0 la nota mínima para avanzar a la próxima etapa. En caso de no determinarse la presencia de más de un postulante habilitado para continuar con el proceso, la comisión de selección podrá declararlo desierto.
TERCERA FASE: Evaluación Psicolaboral
En esta fase, se evaluará la adecuación de los(as) candidatos(as) que conforman la nómina seleccionada en la fase anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación psicolaboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo. El proceso de Evaluación Psicolaboral se llevará a cabo en modalidad online. Los resultados obtenidos por los/as candidatos/as según esta evaluación, son Recomendable, Recomendable con Observaciones y No recomendable. Solo las personas evaluadas como Recomendables o Recomendables con Observaciones pueden avanzan a la siguiente fase.
El informe resultante de la evaluación psicolaboral es de uso exclusivo de la institución, por lo tanto, no será entregado a los postulantes.
CUARTA FASE: Entrevista de Valoración Global
La fase de valoración global consiste en la realización de una entrevista efectuada por el comité de selección, donde se evaluará las aptitudes generales para el cargo. Estas aptitudes comprenden competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad, establecidas como conveniente y aconsejable, de acuerdo a las exigencias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que tendrá asignadas. Finalmente, los tres mejores puntajes conformarán la terna que pase a la definición y nombramiento por parte de la autoridad facultada. Ante la imposibilidad de conformar una terna, se presentará la dupla o el(la) postulante considerado(a) como idóneo(a) para ocupar el cargo. Luego de que se resuelva el proceso de selección, se avisará a través de un correo electrónico a los y las participantes que no han superado las etapas anteriores. Si un(a) postulante no asiste a la entrevista de valoración global sin la debida justificación, no se le considerará para continuar en el proceso. Si en las etapas se produjeran empates en puntaje, se utilizará como criterio de desempate en primer lugar la experiencia laboral del candidato. Es decir, más de las personas determinado obtienen un mismo puntaje, se priorizarán a los y las postulantes que posean mayor tiempo de experiencia profesional en áreas similares a las de la vacante. Si este criterio no fuese suficiente, en segundo lugar, se puede dirimir por el nivel de estudios o la cantidad de horas de capacitación atingentes al cargo. Si ninguno de los criterios anteriores es aplicable para realizar un desempate, el Comité de Selección será encargado de establecer un criterio o criterios para este fin y se dejará estipulado en el acta, junto a los fundamentos de estos. De acuerdo con las exigencias sanitarias u otros, que se encuentren vigentes al momento de ejecutar las 3 últimas etapas del proceso, se podrá optar por realizar las evaluaciones de manera online.