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COORDINADOR(A) DE GESTIÓN DE PERSONAS


Institución

Ministerio de Educación / Servicio Local de Educación Pública de Valle Cachapoal /

Convocatoria

COORDINADOR(A) DE GESTIÓN DE PERSONAS

Nº de Vacantes

1

Área de Trabajo

Recursos Humanos

Región

Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Ciudad

Rengo

Tipo de Vacante

Contrata

Postulaciones a esta convocatoria

362

Última a las 04:31:49 del 03-02-2026

¿Qué documentos necesito para postular?


- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- CV Formato Libre (Propio)

Simbología:
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Postular a la Convocatoria
    • Renta Bruta


      2.939.170

  •  

    Condiciones

    i. Renta acorde al estamento Profesional grado 7° de la EUS de la Ley 18.834. –
    ii. Renta bruta mensualizada sin asignación de modernización (enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre): $ 2.939.170.-
    iii. Renta bruta mensualizada con asignación de modernización (marzo-junio-septiembre-diciembre) $4.913.879.-
    iv. Los meses con asignación de modernización se calculan sobre el total del trimestre trabajado.
    v. La persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata por un primer período de tres meses a prueba, el cual estará sujeto a una evaluación de continuidad por desempeño por parte de su jefatura directa al final del tercer mes, la cual servirá como base para definir la prórroga de la contratación por un nuevo periodo de tres meses, o el término de la contratación. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que las contratas duran como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y las personas que las sirvan expiran sus funciones en esa fecha por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.

    Objetivo del cargo

    Conducir y liderar al equipo que compone la Unidad de Gestión de Personas de modo de desarrollar estrategias que permitan una correcta gestión del ciclo de vida laboral, desde el ingreso, permanencia y egreso de los funcionarios, incluyendo la administración documental y atención de usuarios sin distinción del régimen estatutario o laboral que les rija, administrando el resguardo de la información en coherencia con la normativa vigente y lineamientos del Servicio.

    • Funciones del Cargo


      - Generar y/o actualizar lineamientos del ámbito de gestión de personas que permita dar correcta continuidad a los procesos asociados al ciclo de vida laboral.
      - Coordinar la oportuna elaboración de la documentación contractual requerida, ajustándose estrictamente a lo establecido en la normativa aplicable al Servicio para cada tipo de vínculo laboral.
      - Elaborar documentos asociados a trámites administrativos del personal (vacaciones, días administrativos, cometidos, entre otros).
      - Supervisar la elaboración de documentos asociados a cambios en la calidad contractual u otros aspectos asociados a ésta.
      - Controlar que la información ingresada al Sistema de Gestión de Personas contribuya al proceso de remuneraciones, permitiendo acceder a la información instantánea del personal del SLEP, establecimientos educacionales, salas y jardines infantiles dependientes.
      - Supervisar la mantención de los sistemas de información interno en lo relativo al personal vigente y de manera actualizada, según se vayan dando los cambios en el historial del personal, desde su ingreso hasta su eventual desvinculación o egreso.
      - Supervisar el correcto y oportuno ingreso a SIAPER de CGR.
      - Supervisar el cumplimiento de las evaluaciones de idoneidad psicológica de los Asistentes de la Educación.
      - Velar por la correcta tramitación de licencias médicas de los funcionarios y funcionarias del Servicio Local que se desempeñen en éste o en los establecimientos educacionales
      - Controlar la ejecución de los descuentos generados por licencias médicas, derivado por la información entregada desde el Área de Licencias Médicas, y así contribuir a la gestión eficiente de los recursos financieros del SLEP.
      - Gestionar la elaboración de finiquitos según sea requerido, respetando las particularidades de cada tipo de vínculo laboral y su carácter confidencial.
      - Supervisar la mantención de los sistemas de información internos en lo relativo al personal del Servicio Local.
      - Supervisar la declaración mensual de BRP, ingreso de permisos sin goce y licencias médicas en plataforma de Carrera Docente.
      - Velar por la correcta emisión documental por medio de la permanente revisión y visación de la documentación emitida de la Subdirección.
      - Asesorar a Subdirector o Subdirectora en el ámbito de su competencia según sea requerido.
      - Colaborar en tareas transversales de la Subdirección.
      - Desarrollar, monitorear y/o ejecutar planes de gestión en el ámbito de Personas según sea requerido.
      - Elaborar informes de avance y de cumplimiento de los indicadores de Planes de gestión (PMG, PAL, PEL, CDC, Matriz de Riesgo, entre otros) asociados a su ámbito de desempeño.
      - Conducir a los funcionarios y funcionarias de la unidad hacia los estándares de calidad establecidos y objetivos institucionales. Manteniendo monitoreo y supervisión respecto al cumplimiento de los estándares, normativas y bases durante toda la ejecución de los diversos procesos.
      - Generar estrategias enfocadas en promover el trabajo en equipo entre los distintos integrantes del área, junto con gestionar las condiciones que permitan contar con ambientes laborales saludables, de modo de contribuir a una cultura institucional de buen trato y respeto.
      - Realizar otras funciones en el marco de su cargo que sean encomendadas por la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas o la Dirección Ejecutiva.

  •  

    Perfil de la Función

    Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.

    Formación Educacional

    Profesional de las áreas de: Recursos Humanos/Gestión de Personas, Administración, Administración Pública, Ingeniero Civil, Comercial, Ingeniero en Ejecución mención RR.HH u otros similares.

    Especialización y/o Capacitación

    Se considerarán especializaciones y/o capacitaciones relacionadas a las características del cargo detalladas a continuación:
    - Estatuto Administrativo
    - Estatuto de los Profesionales de la Educación
    - Estatuto de los Asistentes de la Educación
    - Gestión y/o administración de Recursos Humanos

    Experiencia sector público / sector privado

    Deseable experiencia profesional en procesos o áreas relacionados con:
    - Al menos 3 años de experiencia como profesional del área de Gestión de Personas de instituciones públicas.
    - Al menos 2 años de experiencia como profesional del área de Gestión de Personas de instituciones públicas sostenedoras de establecimientos educacionales.

    Competencias

    Trabajo en Equipo: Corresponde a la genuina intención de colaboración y cooperación con otros; capacidad de formar parte de un equipo, de trabajar en conjunto y colaboración, opuesto a hacerlo de manera individual o competitivamente. Utilizar habilidades de comunicación que facilitan la participación, la opinión, la resolución de conflictos de manera adecuada y el desarrollo de un espíritu de equipo

    Comunicación Asertiva: Es la habilidad comunicacional y social que se manifiesta en una actitud transparente y constructiva en la relación con otros y otras, y, sobre todo en el abordaje de situaciones difíciles o conflictivas en las que se requiere planteamientos verbales concretos y oportunos que conduzcan a decisiones u orientaciones concretas.

    Pensamiento Crítico: Es la habilidad para analizar variadas situaciones, con distinto grado de complejidad, y desarrollar otros tipos de enfoques para contribuir en efectivas opciones de solución a éstas. Utiliza su pensamiento creativo e incentiva a otros a considerar enfoques creativos.

    Organización Metódica: Es la capacidad de establecer un orden y control de sus actividades de acuerdo al cumplimiento de plazos y objetivos de sus labores; desarrollar una adecuada planificación de su trabajo, y tener control en el de otros de ser necesario.

    Tolerancia a la Presión: Corresponde a la habilidad para continuar actuando con eficacia en situaciones de presión de tiempo y desacuerdo, oposición o adversidad. Es la capacidad para responder y trabajar con alto desempeño en situaciones de mucha exigencia.

    Adaptabilidad y aprendizaje: Habilidad para adaptarse y trabajar efectivamente frente a una variedad de situaciones diferentes a las rutinas habituales y que a partir de ellas se genera aprendizajes nuevos que facilitan el poder identificar modelos o conexiones entre situaciones y aspectos claves o subyacentes en asuntos complejos.
    Orientación al Servicio: Mantener actualizado el conocimiento de su sector. Utiliza habilidades y conocimientos técnicos en la aplicación de la excelencia profesional para proporcionar un excelente servicio hacia las personas y la educación, beneficiando así la imagen de la Educación Pública.

    Apego a las normas y procedimientos: Respetar las políticas organizacionales, comprendiendo la importancia de seguir los procedimientos para el correcto logro de los resultados. Comprende la habilidad y deseo de alinear sus propias conductas con las necesidades, prioridades y metas de la organización, actuando de tal manera que pueda promoverlas hacia su entorno.

    • Contexto del cargo


      El Servicio Local de Educación Pública de Valle Cachapoal estará a cargo de la administración de los jardines, escuelas y liceos públicos de las comunas de Coinco, Coltauco, Doñihue, Malloa, Quinta de Tilcoco, Rengo y Requínoa, y tendrá su domicilio en la comuna de Rengo, por lo que se requiere tener disponibilidad para desplazarse por el territorio.

  •  

    Requisitos Generales

    Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:


    a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
    b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
    c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
    d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
    e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
    f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

    No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:


    a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
    b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
    c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
    d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
    e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
    f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
     

    • Requisitos Específicos


      i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años, o
      ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años.

  •  

    Etapas de Selección

    El presente proceso de selección consta de las siguientes etapas:
    a. Primera etapa: admisibilidad de las postulaciones
    b. Segunda etapa: evaluación de Antecedentes Curriculares
    c. Tercera etapa: evaluación Psico laboral
    d. Cuarta etapa: entrevista Comité de Selección
    En relación con lo expuesto, es importante hacer presente que el proceso de selección se iniciará mediante el análisis de la admisibilidad de las postulaciones recibidas, esto quiere decir que los postulantes entreguen la documentación completa requerida, según lo establecido en las presentes bases administrativas.
    Por tanto, los postulantes que cumplan los requisitos legales, generales y específicos detallados previamente en estas bases administrativas, podrán acceder a la segunda etapa del certamen.
    Luego, es útil advertir que, la evaluación se llevará a cabo a través de las aludidas etapas, las cuales serán sucesivas, de modo tal que, es condición necesaria cumplir con el puntaje mínimo establecido para cada etapa para avanzar a la siguiente.
    En este sentido, si el postulante no cumple con lo solicitado para ser considerado admisible en alguna de las etapas (por ejemplo, la inasistencia en alguna de las entrevistas citadas como parte del proceso) será considerado candidato no apto y no podrá seguir avanzando en el proceso del cargo de postulación.

    A continuación, se establece el procedimiento para cada una de las etapas de este proceso de selección:
    a.Primera etapa: admisibilidad de las postulaciones
    El proceso comienza con esta primera etapa de revisión preliminar de todos los antecedentes presentados en el portal de empleos públicos, a fin de garantizar que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases publicadas en dicho portal. Quienes cumplan con lo solicitado pasan a la segunda etapa.
    b.Segunda etapa: evaluación de antecedentes curriculares.
    En esta segunda Etapa de Evaluación de Antecedentes Curriculares, corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los(as) postulantes, considerando la formación educacional y experiencia profesional.
    La formación educacional se debe acreditar mediante copia simple del certificado de títulos y/o estudios respectivos, al igual que las especializaciones, post-grados y/o capacitaciones. Respecto del título se deberá adjuntar el certificado con el número de semestres cursados, y se deberán adjuntar a la postulación. En este factor se valorará el título profesional y/o estudios de especialización y capacitación respectivos presentado por las personas postulantes según su nivel de afinidad a lo establecido en las presentes bases.
    Respecto a la experiencia profesional, se entenderá por el desempeño acreditado desde la fecha de la obtención del título Profesional, y se acredita a través de certificados o documentos que indiquen las funciones desempeñadas, calidad jurídica contratada y el periodo en el cual se ejecutaron las actividades.
    Para el análisis curricular se considerarán los datos que el candidato(a) declara y completa en los campos solicitados de la plataforma del Servicio Civil, por consiguiente, las personas que postulen con este apartado vacío no serán admisibles y quedarán fuera del proceso.
    La evaluación curricular considera lo que el postulante responde en el apartado “preguntas al postulante” del portal Empleos Públicos, por lo que es responsable de entregar información veraz y fidedigna.
    En este sentido, se hace presente que sólo pasarán los diez (10) primeros puntajes a la tercera etapa del Proceso de Selección.
    c.Tercera Etapa: evaluación Psico laboral
    Los candidatos que aprueben la segunda etapa del proceso concursal pasarán a esta tercera etapa Evaluación Psico laboral, la cual se llevará a cabo por una consultora externa especializada, cuyo objeto será detectar y medir las competencias psicológicas, capacidades, habilidades e idoneidad de las postulantes asociadas al perfil del cargo.
    El lugar, fecha y horario de la mencionada evaluación psico laboral se informará oportunamente por la empresa externa especializada al postulante. Esta entrevista podrá realizarse también por medio de una videoconferencia, lo que será informado con la anticipación necesaria.
    En el caso que se requiera, lo cual será determinado por la empresa consultora en pro de la finalidad de las evaluaciones psicolaborales, se podrán aplicar test psicolaborales, psicotécnicos y/o psicométricos que complementen esta instancia, los cuales pueden ser aplicados en cualquier instancia de las etapas del proceso de selección.
    En este sentido, se hace presente que sólo pasarán los postulantes que obtengan los mejores cinco (5) puntajes a la cuarta etapa del Proceso de Selección.
    d. Cuarta Etapa: Entrevista Comité de Selección.
    Esta fase consiste en la realización de una entrevista a los postulantes que hayan pasado la tercera etapa. La entrevista será llevada a cabo por un Comité de Selección. El comité estará compuesto por:
    -El Subdirector/a de la Unidad Solicitante, o quien designe con derecho a voz y voto
    -El Coordinador de Gestión Institucional, o quien designe con derecho a voz y voto
    -Subdirector de Unidad de Apoyo Técnico Pedagógico., o quien designe con derecho a voz y voto.
    El objetivo de esta entrevista, realizada por el mencionado Comité de Selección, es evaluar las aptitudes generales de los candidatos para el puesto en cuestión. Se busca determinar su idoneidad en relación con las áreas de desempeño de acuerdo con el perfil de selección establecido
    El Comité podrá llevar a cabo su función siempre que más del 50% de sus integrantes estén presentes, excluyendo al jefe encargado de personal, quien será un miembro permanente. Las decisiones se tomarán por mayoría simple.
    La ubicación, fecha y hora de la entrevista se comunicarán oportunamente al correo proporcionado por el postulante en su currículum. Además, cabe destacar que la entrevista podrá realizarse a través de una videoconferencia, en cuyo caso se informará con la debida antelación

    Documentos Requeridos para Postular


    - Copia Cédula de Identidad
    - Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
    - Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
    - Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
    - CV Formato Libre (Propio)

    Declaraciones Juradas

    Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)

    Preguntas al Postulante

    Las respuestas no pueden ser modificadas tras la postulación a esta convocatoria

    La información entregada se considerada en la evaluación del proceso de reclutamiento y selección, por lo que sus respuestas deben ser verídicas, ya que la institución responsable de la convocatoria, se reserva el derecho de pedir antecedentes para comprobar la fidelidad de la información entregada.

    Calendarización del Proceso

    EtapaFechas
    Postulación
    Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl27/01/2026-03/02/2026
    Evaluación
    Proceso de Evaluación y Selección del Postulante04/02/2026-04/03/2026
    Finalización
    Finalización del Proceso05/03/2026-05/03/2026


    El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 03/02/2026

    Correo de Contacto: selección01@slepvallecachapoal.gob.cl

    Condiciones Generales

    Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del portal www.empleospublicos.cl, realizando el registro previo correspondiente y adjuntando la documentación solicitada según las indicaciones del mismo portal. De no adjuntar la documentación requerida, el sistema no le habilitará la opción de postular, quedando imposibilitado de aplicar a la convocatoria.
    Cada postulante es responsable de completar los campos requeridos con la información solicitada en el llamado. No presentar o adjuntar la documentación solicitada desestimará la postulación, quedando fuera del proceso de selección.
    Las fechas publicadas son estimativas y la institución por razones de buen servicio; podrá modificar los plazos, con el objetivo de asegurar el adecuado desarrollo del proceso de selección, cautelando la igualdad de oportunidades de las personas postulantes.
    Las personas postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de evaluación a administrar, deberán informarlo en su postulación y al correo electrónico selección01@slepvallecachapoal.gob.cl al momento de la citación, para adoptar las medidas pertinentes y de esta manera garantizar la igualdad de condiciones a todas las personas postulantes que se presenten en este proceso de selección (art. 7, ley 20.422)
    Los postulantes que decidan participar en esta convocatoria declaran, por ese solo hecho, conocer y aceptar las condiciones indicadas.
    El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellos/as candidatas/os que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
    La fecha de incorporación al SLEP quedará sujeta a la existencia, aprobación y vigencia del Plan Anual de Contratación 2026 autorizado por DIPRES para el Servicio Local de Educación Pública de Valle Cachapoal.
    A partir de este proceso de selección, aquellos postulantes que conformaron la nómina de elegibles entrevistados por Comité de Selección, y que no fueran contratados en esta oportunidad, se podrán considerar para futuras vacantes, en cargos de similar naturaleza, constituyendo un “listado de elegibles” que tendrá una vigencia máxima de 12 meses, lo que permitirá el buen uso de los recursos públicos. Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
    Las contrataciones de personas que provengan desde un listado de elegibles, tendrán la misma condición que las personas que hayan sido reclutadas y seleccionadas desde un proceso particular de reclutamiento y selección, siempre y cuando, dicho proceso cumpla lo establecido en el artículo 13° de la Resolución N°1, del año 2017, de la Dirección Nacional del Servicio Civil, y que sus pautas de selección hayan contemplado la posibilidad de establecer un listado de elegibles para cargos idénticos o análogos. A la base se encuentra, la aplicación de los principios de eficiencia y economía procesal que imponen a los Servicios Públicos, los artículos 3° y 5° de Ley N°18.575 y 9° de Ley N°19.880.
    En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan.
    La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.

    Base adjunta:

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