Condiciones
CONTRATA, ESTAMENTO ADMINISTRATIVO, GRADO 19º EUS.
* Por ley, la “contrata” se extiende hasta el 31 de diciembre del año en curso y se renueva anualmente, según desempeño.
- Lugar de Desempeño: Vialidad Provincial Chiloé, Región de Los Lagos.
- Residencia: Castro
- Vacantes: 1
- Detalle de Renta Bruta Mensual aprox.:
Vacantes
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Grado
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Renta Bruta promedio
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Renta Bruta Mes Normal
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Renta Bruta Mes con bonos
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1
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19°
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$941.686.-
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$774.199
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$1.176.660.-
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* Renta Mes Normal: Corresponde a las rentas de los meses sin bonos, es decir: Enero, Febrero, Abril, Mayo, Julio, Agosto, Octubre y Noviembre.
* Renta Mes con Bonos: Corresponde a las rentas con bonos trimestrales, de los meses de Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre.
*Renta PROMEDIO APROX.: Es el promedio de Renta, es decir, la suma de la renta percibida los “Meses Normales” más la renta de los “Meses con Bonos”, dividido por los doce meses del año.
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
- Admisibilidad: Evaluación de cumplimiento de los requisitos legales definidos en el D.F.L. Nº 276 de 2009, que modifica los requisitos específicos de ingreso y promoción de la planta de personal de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y por cumplimiento de requisitos específicos del cargo como el tipo de formación, experiencia, capacitación y/o especialización requerida mediante la entrega de la documentación acreditada que fue solicitada, así como también de responder las preguntas incorporadas en la postulación de forma coherente y fidedigna.
- Evaluación Curricular: Se realizará análisis curricular de los antecedentes presentados por los postulantes y de sus respuestas a las preguntas del portal de empleos públicos, de quienes hayan pasado satisfactoriamente la admisibilidad del proceso. Aprobarán esta etapa quienes igualen o superen el puntaje o nota de corte establecida por las bases del proceso o la Comisión de Selección si las bases no lo establecen.
- Evaluación Técnica: Evaluación de Conocimientos Técnicos que será llevada a cabo de manera presencial u online, a través del portal o plataforma designada por el Servicio, y que será informada oportunamente a las personas que lleguen a esta etapa del proceso.
- Evaluación Psicolaboral: Evaluación que será vía online, grupal o individual, centrada en las competencias psicolaborales requeridas para el cargo, lo que será informado oportunamente a las personas que lleguen a esta etapa final del proceso.
- Entrevista Personal Final: Esta entrevista podrá ser online o presencial, en cual participa la comisión de selección respectiva definida para este proceso y será informada oportunamente a las personas que lleguen a la etapa final del proceso.
* La no presentación a alguna de estas etapas deja inmediatamente fuera del proceso al postulante.
** Las etapas del proceso, son sucesivas y excluyentes entre ellas. Estas etapas pueden tener algunas variaciones en su ordenamiento, dependiendo del proceso y las necesidades del Servicio.
***Podrán existir evaluaciones psicológicas adicionales si la comisión de selección lo estima conveniente.
Nota 1: Todos nuestros procesos de Reclutamiento y Selección se adhieren a la “Ley de Inclusión Social de Personas con una Discapacidad” (Art. 45 de ley 20.422) y las “Políticas de Equidad de Género” promovidas por el Estado de Chile. En razón de esto los(as) postulantes que presenten algún tipo de discapacidad que les impida o les produzca dificultades para ser evaluados(as), deberán informarlo en su postulación, con el fin de adoptar las medidas pertinentes para garantizar de esta forma la igualdad de condiciones a todos(as) quienes postulen al cargo.
Nota 2: El proceso de selección es evaluado por un “Comité de Selección”, nombrado en cada uno de los proceso de Selección según las políticas internas del Servicio, dando así las garantías de transparencia necesarias para los (as) postulantes.
Nota 3: Además, se recuerda que en caso de tratarse de un cargo que requiera condiciones especiales de salud, ya sea por sus funciones o por el lugar físico en el que se desempeñará, (como por ejemplo el “trabajo en altura”), se solicitará, como un requisito para poder ser seleccionada(o):
- A los(as) Postulantes Externos(as) al Servicio: Presentar un Examen Pre-Ocupacional, emitido por una Mutualidad que acredite la salud compatible con el cargo, esto por su propia seguridad.
- En el caso de los(as) Postulantes Internos(as) a la Dirección de Vialidad: Se verificarán los antecedentes médicos existentes en el Servicio y, en caso de ser necesario, se realizará un chequeo médico a través del Departamento de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional de la Dirección.
Nota 4: Las evaluaciones realizadas en los procesos de selección de la Dirección de Vialidad para un determinado cargo, tendrán una vigencia de 6 meses para las Evaluaciones Técnicas si la comisión lo ratifica y 6 meses para las Evaluaciones Psicolaborales del mismo perfil, por lo que si existe un nuevo llamado para cubrir una vacante con el mismo perfil de cargo, en el caso de un mismo postulante, se considerarán las evaluaciones ya rendidas para ese perfil al que haya postulado anteriormente dentro del período señalado.
Nota 5: Tal como lo instruye el Servicio Civil, se informa que en los casos en los que el Servicio lo estime pertinente, se podrán realizar contrataciones de personas que provengan desde un “listado de elegibles” que hayan sido reclutados y seleccionados como resultado de un proceso particular anterior, siempre y cuando, se requiera el mismo perfil de cargo y que dicho proceso cumpla con lo establecido en el art N°13 de Res. N°1; además que se cuente con evaluaciones vigentes.
Nota 6: “En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario”.
Nota 7: Para funcionarios/as activos de la Dirección de Vialidad, que decidan postular a un proceso de selección y se encuentren haciendo uso de licencia médica, sea esta común, maternal o por enfermedad grave del hijo menor de un año, no pueden participar o continuar participando del proceso que contenga etapas o instrumentos de evaluación que signifiquen el desarrollo de una actividad que vulnere el descanso que ordena dicho beneficio, como sucedería, por ejemplo, con las entrevistas personales, la rendición de pruebas técnicas y psicológicas insertas en dicho proceso de selección, por lo tanto, el/la funcionario/a que se encuentra haciendo uso de una licencia médica común, maternal o por enfermedad grave del hijo menor de un año deberá informar antes o durante el transcurso del certamen al encargado del proceso, dado que no puede renunciar a esa franquicia, encontrándose obligados a mantener el reposo ordenado en la respectiva prescripción del profesional autorizado para extenderla (Dictamen de la Contraloría General de la República N° 057871N05 con fecha 12/12/2005).