Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
ETAPA Y PONDERACIÓN
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FACTOR
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SUBFACTOR
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CRITERIO
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PUNTAJE
SUBFACTOR
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PJE MÁX. POR FACTOR
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PUNTAJE MÍNIMO
APROBACIÓN ETAPA
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Etapa I
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Estudios, conocimientos y capacitaciones específicas para el cargo
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Formación Educacional: Evalúa la pertinencia del título o nivel de estudios del candidato, según las características definidas en el perfil de selección.
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Título de Técnico Veterinario, Técnico Pecuario, Técnico Agropecuario o Técnico Agrícola otorgado por un Instituto o Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste u otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico – Profesional.
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15
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15
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10
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Título Técnico otorgado por un Instituto o Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste u otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico – Profesional.
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10
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No posee título de nivel técnico. |
0
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Etapa II
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Experiencia
laboral
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Experiencia laboral en cargos del área de desempeño
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Posee más de 2 años de experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público como en el privado, incluyendo control de calidad e higiene de alimentos, nutrición y salud animal. Acreditada debidamente.
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25
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25
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15
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Posee entre 1 y 2 años de experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público como en el privado, incluyendo control de calidad e higiene de alimentos, nutrición y salud animal. Acreditada debidamente.
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15
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Posee menos de 1 año, o bien, no posee experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público como en el privado, incluyendo control de calidad e higiene de alimentos, nutrición y salud animal.
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5
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Etapa III
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Evaluación de conocimientos asociados al cargo |
Evaluación Técnica: prueba para verificar conocimientos afines a funciones del cargo.
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Adecuación alta
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20
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20
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10
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Adecuación media
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10
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Adecuación baja
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0
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Etapa IV
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Evaluación
Psicolaboral
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Adecuación psicolaboral para el cargo: Entrevista y/o evaluación psicolaboral (grupal e individual) orientada a evaluar las competencias del perfil de cargo.
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Adecuación alta |
20
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20
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10
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Adecuación media |
10
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Adecuación baja |
0
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Etapa V
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Apreciación global del postulante
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Entrevista de apreciación global del postulante
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Adecuación alta |
20
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20
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10
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Adecuación media |
10
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Adecuación baja |
5
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Puntaje mínimo para ser considerado idóneo (siempre que haya cumplido al menos con el mínimo de aprobación de todas las Etapas). |
55
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PUNTAJE TOTAL |
100
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Nota 1: Cada etapa de selección considera una aplicación sucesiva y excluyente de filtros, en la que sólo los y las postulantes que obtengan el puntaje mínimo de aprobación de una etapa pasarán a la siguiente. Las etapas serán precedidas de una evaluación de admisibilidad en la que se verificará si los postulantes cumplen con los requisitos de postulación, mediante la revisión de la correcta presentación de los documentos adjuntos solicitados.
Nota 2: En el caso de aquellos(as) postulantes que además del título técnico requerido cuenten con título profesional, el pago de esta asignación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria del Servicio al momento de su ingreso.
Nota 3: La aplicación de Evaluación Técnica se realizará de forma presencial y evaluará conocimientos afines a las funciones del cargo.
Nota 4: Quienes no se presenten a una etapa, obtendrán puntaje cero en el factor respectivo, quedando fuera del proceso de selección.
Es responsabilidad de los candidatos adjuntar la documentación respectiva que permita evaluar adecuadamente su experiencia laboral y formación educacional.
Nómina de candidatos idóneos elegibles:
Una vez finalizado el Proceso de Selección respectivo, la Comisión de Selección, a través del Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas, propondrá a la autoridad facultada para adoptar la decisión final, esto es, al Director (a) del Parque Metropolitano de Santiago, una nómina de elegibles con los más altos puntajes finales de idoneidad del proceso, con un mínimo de tres postulantes, si los hubiere y un máximo de cinco candidatos por cada vacante a proveer.
En caso de igualdad en la puntuación final, para la confección de la nómina de candidatos elegibles, el factor de desempate será el puntaje obtenido en la evaluación de “Apreciación global del postulante” correspondiente a la Etapa V. De persistir la paridad en la puntuación, la Comisión deberá considerar la mejor nota en “Experiencia laboral” que corresponde a la etapa II. De persistir la igualdad, será la Comisión de Selección quien finalmente resolverá como dirimirlo.
De acuerdo con la nómina de candidatos idóneos elegible, será el/la Jefe/a Superior del Servicio quien adoptará la decisión final y en uso de sus facultades podrá seleccionar a cualquier postulante de la nómina presentada.
Notificación a postulante seleccionado:
Se notificará por correo electrónico a la persona postulante seleccionada según la casilla de correo electrónico declarada en el portal de Empleos Públicos, sin perjuicio de que el Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas pueda, además, adoptar otra forma de notificación.
Una vez practicada la notificación, el postulante deberá manifestar expresamente su aceptación al cargo dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación, aportando en original los documentos probatorios de los requisitos de ingreso y demás que se le requieran, dentro del plazo y en la forma que le indique el Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas. Si así no lo hiciere, el Parque Metropolitano de Santiago se encontrará facultado para nombrar a alguno de los otros postulantes propuestos en la nómina de elegibles.
Fecha en que se resolverá el proceso de selección:
El proceso se resolverá en un plazo no mayor a 10 días hábiles transcurridos desde la finalización de la última etapa, salvo otra disposición que efectúe la autoridad en el uso de sus facultades.
El Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas comunicará mediante correo electrónico a todos los postulantes el resultado final del presente proceso de selección dentro de los 30 días siguientes a su conclusión.
Los postulantes que formulen reparos al proceso tendrán derecho a reclamar ante la Contraloría General de la República, en los términos que establece el artículo 160 del DFL 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Requisito habilitante:
La persona seleccionada, para el evento de tener una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos en calidad de tal, deberá autorizar, como condición habilitante para su contratación, que el Servicio proceda a retener y pagar directamente al alimentario el monto de las futuras pensiones de alimentos, más un recargo de un diez por ciento, que será imputado a la deuda de alimentos hasta extinguirla íntegramente. El Servicio, en virtud del artículo 36 de la Ley N°14.908, se cerciorará, mediante consulta del Registro, si la persona seleccionada se encuentra inscrita en calidad de deudor de alimentos. En caso de no estar inscrita, la autorización quedará sin efecto.
(*) "Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral”: Fotocopia simple o copia digital de certificado o documento emitido por el organismo público o privado, que acredite experiencia laboral requerida en el área, indicando institución, el tiempo de desempeño y las funciones asociadas al cargo. También se aceptarán como documentos válidos para acreditar experiencia los siguientes documentos: a) contratos de trabajo con su respectivo finiquito, cuando corresponda; b) boletas de honorarios con su correspondiente informe de contraprestación de servicios, cuando corresponda; y c) en general, cualquier documento que acredite efectivamente la institución o persona a la que prestó los servicios, el tiempo de desempeño, y el cargo o rol y las funciones ejercidas.
El Parque Metropolitano de Santiago se reserva el derecho, durante el periodo de selección, de solicitar más documentos que permitan corroborar la experiencia, capacitación y acreditaciones de los candidatos, si así correspondiere, con el objetivo de facilitar la participación, acceso y libre concurrencia de las personas interesadas en postular. Esta facultad será ejercida frente a aquellos procesos de selección en los que existan menos de diez candidatos por cada vacante a proveer que hayan adjuntado correctamente todos los antecedentes al momento de la postulación y aprobado la etapa de filtro curricular. Por otra parte, se solicitará adjuntar más antecedentes al correo electrónico postulaciones@parquemet.cl únicamente a aquellos candidatos que, indicando contar con la formación, experiencia o acreditación requerida, según corresponda, hayan presentado documentación considerada como insuficiente en la etapa de filtro curricular. En caso de no adjuntar los antecedentes requeridos en los plazos asignados, serán calificados en virtud de los antecedentes presentados en la fase de postulación en el portal.