Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos Específicos
REQUISITOS GENERALES Y ESPECÍFICOS
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley N.º 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
- Ser ciudadano(a) o extranjero(a) poseedor de un permiso de residencia;
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
- Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
- Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el servicio.
- Tener litigios pendientes con el servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el servicio.
- Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
- Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
Requisitos Específicos
Sin perjuicio de la experiencia profesional requerida para este cargo, según el Capítulo V, acápite “Experiencia Profesional” y, conforme con los estudios requeridos indicados en el mismo Capítulo V, acápite “Formación”, se deberá cumplir con lo señalado en el artículo 2 del D.F.L. N° 2 de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos “para el ingreso y promoción a las plantas y cargos que se indican de la Subsecretaría de Derechos Humanos”:
- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años; o
- Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cuatro años.
El proceso de selección se desarrollará a través de las siguientes etapas:
Etapas del proceso
- Análisis de admisibilidad
Consiste en la verificación de la documentación ingresada en la postulación en Portal de Empleos Públicos por la Unidad de Gestión y Desarrollo de Personas, comprobando que se encuentre completa y actualizada. Respecto de quienes no cumplan con los documentos solicitados, sus postulaciones serán declaradas inamisibles, por tanto, no pasarán a la evaluación curricular.
- Análisis Curricular
Corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los/as postulantes considerando la formación educacional, capacitación y experiencia profesional acorde al cargo.
- La formación educacional se debe acreditar mediante certificado, al igual que las capacitaciones, que deberán contener fecha y cantidad de horas, y se deberán adjuntar a la postulación.
- La experiencia laboral se evaluará conforme lo señalado en el currículo presentado y/o la presentación de certificados respectivos.
Realizado el análisis curricular se confeccionará una nómina con los postulantes que hayan superado esta etapa.
- Evaluación por comisión y/o evaluación técnica
En esta etapa se evaluarán aspectos generales del cargo y algunos más específicos que apunten al nivel de expertis, a través de una entrevista personal realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto. Asimismo, se podrán llevar a cabo evaluaciones técnicas a través de la aplicación de instrumentos de evaluación.
Realizada esta evaluación, la comisión evaluadora confeccionará una nómina con los postulantes que hayan superado esta etapa y determinará si corresponde aplicar una evaluación psicolaboral, de acuerdo con el tipo de cargo y consultada la disponibilidad presupuestaria con la División de Administración y Finanzas.
- Evaluación Psicolaboral (opcional)
En esta etapa se evaluará la adecuación psicolaboral del postulante para el desempeño del cargo, conforme a las competencias indicadas en el perfil del cargo, donde se pretende conocer al postulante y evaluar sus principales conocimientos, fortalezas y aspectos por mejorar, como su motivación por el cargo.
- Selección Final
Se confeccionará una terna de las y los postulantes con aquellos que aprobaron las etapas anteriores. La selección final, será definida por la Subsecretaria de Derechos Humanos de la nómina de elegibles, quien podrá realizar entrevistas a los y las postulantes propuestos en la terna por la Comisión de Selección si así lo estima pertinente.
Todo el proceso se realizará en la ciudad de Santiago y las evaluaciones se desarrollarán en la misma institución. Es necesario tener presente que el costo de traslado para postulantes de otras regiones debe ser asumido por cada postulante.