Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
El proceso de selección, será evaluado en etapas sucesivas, cada una con los criterios que se indican a continuación:
| Etapa |
Puntaje Mínimo Requerido
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Puntaje Máximo
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Ponderación
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| Evaluación Curricular |
70
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100
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25%
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| Evaluación Psicolaboral |
70
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100
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35%
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| Entrevistas Final |
40
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100
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40%
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En caso que el postulante no logre alcanzar el puntaje mínimo requerido en cualquiera de las etapas, no podrá seguir avanzando a las siguientes instancias del proceso o ser seleccionado.
IV.- EVALUACIÓN
4.1- Evaluación Curricular
- Evaluación de Admisibilidad
El/la postulante deberá contestar las preguntas solicitadas, las que se relacionan con el cumplimiento de los requisitos mínimos solicitados para el cargo.
En el caso de que las respuestas entregadas por el postulante no se condigan con los requisitos establecidos en estas bases, el o la postulante quedará como NO ADMISIBLE.
El/la candidato/a debe contestar a estas preguntas conforme a los antecedentes que efectivamente presente para este proceso de selección.
El/ la candidata que quede como NO ADMISIBLE en esta etapa NO AVANZARÁ A LA SIGUIENTE ETAPA DEL PROCESO.
Pregunta |
Respuesta
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SI
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NO
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¿Puede Acreditar enseñanza media completa, otorgada por una institución de educación o aquellas validadas en Chile de acuerdo a la legislación vigente?
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¿Puedo acreditar a lo menos 3 años de experiencia laboral en instituciones del sector público o privado?
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- Evaluación Curricular
| REQUISITOS |
| Formación Educacional: |
PUNTAJE MÁXIMO |
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Acreditar enseñanza media completa, otorgada por una institución de educación o aquellas validadas en Chile de acuerdo a la legislación vigente
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Obligatorio
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| Experiencia Laboral: |
PUNTAJE MAXIMO |
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Acreditar a lo menos 3 y hasta 5 años de experiencia laboral en instituciones del sector público o privado.
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70
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80
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Acreditar más de 5 años de laboral en instituciones del sector público y o privado.
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75
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Acreditar a lo menos 3 años de experiencia laboral como auxiliar de servicio en instituciones del sector público y o privado.
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80
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| Capacitaciones- Otros |
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Acreditar Cursos básicos de IAAS (20 horas), RCP (20 horas) o REAS (al menos 1)
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5
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20
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Acreditar Cursos básicos de IAAS (20 horas), RCP (20 horas) o REAS (al menos 2)
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10
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Acreditar Cursos básicos de IAAS (20 horas), RCP (20 horas.) o REAS (los 3)
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15
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Acreditar curso de buen trato, humanización o atención al cliente (usuario)
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5
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PUNTAJE MÁXIMO TOTAL |
100
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No serán considerados documentos válidos para acreditar experiencia: Contratos de trabajo, finiquitos que no contengan especificaciones de experiencia requeridas en este proceso, certificados de cotizaciones, liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios, correos electrónicos, acreditaciones de prácticas laborales o de voluntariados, resoluciones de nombramientos, cuando estas no mencionen fechas de inicio y termino, o no contengan la información requerida en este proceso, currículo, acreditaciones firmadas por el propio postulante.
PASARÁN A LA SIGUIENTE ETAPA SOLO AQUELLOS CANDIDATOS QUE OBTENGAN MÍNIMO 70 PUNTOS EN ESTA ETAPA Y QUE CUMPLAN CON TODOS LOS REQUISITOS OBLIGATORIOS.
4.2.- Evaluación Psicolaboral:
En esta etapa se realiza evaluación de los postulantes sobre la base de requisitos definidos por el perfil cargo. Dicha evaluación es realizada por un psicólogo y puede incluir la aplicación de instrumentos de evaluación y/o entrevistas individuales y/o grupales.
Durante esta etapa de evaluación, se podrán realizar pruebas de conocimiento y/o técnicas, de acuerdo a perfil del cargo.
Dependiendo de los postulantes serán clasificados en algunas de las siguientes categorías, con los puntajes que se indican a continuación:
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Categoría
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Puntaje
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Recomendado
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100
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Recomendado con observaciones leves
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90
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Recomendado con observaciones moderadas
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80
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Recomendado con observaciones
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70
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No recomendado
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0
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Aquellos postulantes que obtengan puntaje 0 en esta etapa, no podrán ser considerados para pasar a la siguiente etapa.
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Si alguno de los postulantes presenta alguna discapacidad o impedimento para realizar pruebas realizadas en esta etapa, deberá informarlo al momento de responder el correo de citación a dicha instancia, a fin de adecuar y facilitar la aplicación de estas, garantizando así la no discriminación.
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4.3.- Entrevista Comisión
Consiste en la realización de una entrevista, efectuada por la Comisión de Selección a los postulantes que hayan superado las etapas anteriores. Pretende identificar las habilidades definidas en el perfil de selección.
En esta etapa cada uno de los integrantes de la comisión evaluará de manera individual, asignando puntajes a los postulantes de acuerdo a pauta, puntajes que serán promediados, para llegar a un puntaje único para cada uno de los postulantes en esta etapa.
La comisión estará conformada por las jefaturas del servicio y/o referentes técnicos, además de representantes gremiales (sin derecho a voto).
Para que el postulante sea considerado como candidato idóneo al cargo, deberá obtener como mínimo 40 puntos en esta entrevista.
Consideraciones Generales.
- El filtro curricular, será realizado por el Subdepto. de Reclutamiento y selección, y revisado por la Comisión de selección, la cual podrá entregar sus observaciones o comentarios
- La comisión evaluadora estará presidida por la jefatura directa del cargo que se está llamando, y en caso de producirse un empate será él quien dirimirá.
- La comisión evaluadora podrá funcionar siempre que concurran a lo menos el 75% de sus integrantes con derecho a voto, sin incluir ministro de fe, quién siempre lo integrará.
- La comisión no podrá ser integrada por personas que tengan calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, respecto de uno o más candidatos.
- Se dejará constancia de los acuerdos de la comisión, los que serán tomados por simple mayoría. Los empates los dirimirá el presidente de la Comisión.
- La comisión evaluadora podrá solicitar las opiniones técnicas que estimen necesarias a las personas o entidades que tengan competencias en la materia consultada. Podrá además solicitar referencias laborales, a todas las organizaciones en las que el postulante señale haber trabajado, a fin de corroborar antecedentes.
- La comisión evaluadora, deberá levantar un Acta con la nómina de los postulantes con sus respectivos puntajes, y cualquier situación relevante relativa al proceso, así como los acuerdos tomados durante la revisión de los antecedentes presentados, cuya confección es de responsabilidad del ministro de fe.
- La Comisión de selección podrá solicitar antecedentes a todos aquellos postulantes que pasan a revisión de admisibilidad y que eventualmente cumplen con los requisitos solicitados en las bases, pero que no adjuntaron toda la documentación requerida o es poco clara, para que puedan complementar la información, pudiendo aspirar al puntaje mínimo de la etapa curricular; lo anterior se dará sólo cuando haya 5 o menos postulantes por cargo vacante, que avancen a la etapa psicolaboral.
- Aquellos postulantes que se encuentran con licencia médica durante el proceso de selección (a excepción de licencia relacionada con embarazo), deben tener en consideración que pueden estar incurriendo en una falta administrativa (Dictamen Contraloría 6221 del año 2007).
- La Comisión de selección, podría reagendar la entrevista de algún candidato, en caso de ser necesario y en casos excepcionales
- En caso que se genere una nueva vacante dentro de la Institución, con un perfil igual o similar, se podrá utilizar el actual proceso para cubrirla.
VI.- CIERRE DEL PROCESO.
- La propuesta de contratación estará definida por la suma de los puntajes ponderados obtenidos por el postulante en cada una de las etapas del proceso.
- El puntaje mínimo para que los candidatos sean considerados en la propuesta de contratación es de 70 puntos ponderado en el proceso, debiendo los postulantes, cumplir con el puntaje mínimo de cada una de las etapas.
- El acta del proceso será enviada al Director del Establecimiento, quién tomará la decisión de contratación, pudiendo declarar el proceso desierto en virtud de los antecedentes presentados, aun cuando los postulantes hayan alcanzado el puntaje mínimo establecido o seleccionar a cualquiera de los postulantes que fueron propuestos en el acta, independiente el orden de prioridad. Asimismo, podrá solicitar entrevistas con uno a más de los candidatos propuestos por la Comisión
- De no existir postulantes que cumplan el mínimo puntaje requerido, el proceso o en las etapas de este, será declarado desierto.
- Todos los acuerdos y evaluaciones realizadas por la comisión de selección serán consignados en el Acta del proceso, la cual deberá ser firmada por los integrantes de esta.
VII.- NOTIFICACIONES
- Una vez recepcionada la resolución del proceso, de parte del director del Establecimiento, se procederá a las notificaciones de cierre.
- El/los postulantes/s seleccionado, serán notificado/s por vía telefónica y por correo electrónico, a fin de indicarle las condiciones de contratación y acordar fecha de inicio de funciones.
- Aquellos que participaron de las entrevistas de comisión, y no fueron seleccionados, recibirán un correo de deferencia informando de su no aceptación en el cargo y agradeciendo su disponibilidad e interés para participar de este proceso de selección.
- La actualización de los resultados del proceso se realizará a través de publicación física en fichero de oficinas de Reclutamiento y Selección.
- Las fechas de este cronograma, pueden ser modificadas, de acuerdo a requerimientos del Establecimiento, pudiendo extender o acotar plazos de algunas de las etapas, o modificar fechas previstas.