1. Participar de la coordinación y gestión de las metas e indicadores en la institución, ejerciendo a su vez aquellas tareas destinadas a otorgar soporte nacional - dar respuesta, asesorar y apoyar las consultas y requerimientos de clientes internos y externos - en el uso de Control de Gestión (Cuadro de Mando Integral).
A través del sistema de Control, proporciona información para los siguientes sistemas y/o mediciones:
- Sistema de Monitoreo de Desempeño institucional.
- Sistema de Gestión de Calidad
- Convenios de Desempeño Colectivo
- Sistema de Gestión de Solicitudes de Transparencia Pasiva.
2. Participar en la administración del Sistema de Control de Gestión que presenta alcance nacional.
3. Gestionar la información y sistematizar respuestas a solicitudes por Ley de Transparencia, mediante el Sistema de Gestión de Solicitudes.
4. Participar en el diseño de Indicadores de Desempeño. En forma complementaria a lo anterior, en el ejercicio de su rol cabe destacar la participación en el proceso de formulación de Definiciones Estratégicas.
5. Participar como colaborador/a de la coordinación del desarrollo del Proceso de Gestión de Riesgos.
6. El/la profesional en el ejercicio de su cargo deberá realizar en forma permanente un control del estado de avance de cada uno de los Sistemas que forman parte del PMG Institucional vigente para el año en curso, identificando las dificultades y nivel de cumplimiento en relación a los requisitos técnicos y orientaciones impartidas por parte de los organismos públicos responsables de los procesos de validación.
7. Análisis de Información vinculada a procesos evaluativos, medición de indicadores, etc.
1. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12° del DFL Nº 29 de fecha 16 de junio de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo aprobado por la ley N° 18.834, y sus modificaciones.
2. Además de lo anterior los postulantes no podrán estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 y 56 del DFL N °1/19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. No haber sido condenado con la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, contemplada en el inciso 2° del artículo 372 del Código Penal (Ley Nº 20.594). 21 código penal
1. Los generales establecidos en el artículo 12º, del D.F.L Nº 29, de 2005, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
2. Título Profesional, de preferencia relacionada con el área de la Administración, Gestión o Ciencias Sociales, conferido por una Universidad del Estado o reconocida por éste.
3. Poseer experiencia laboral de a lo menos un (1) año en el ejercicio de cargos similares.
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.