Requisitos Generales / Específicos
Los/as postulantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 46 y 47 del Decreto Supremo N° 69 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para la provisión de cargos de Jefes de Departamentos y equivalentes, a saber (Ver Anexos):
• Ser funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio regido por el Estatuto Administrativo. En el caso de los funcionarios a contrata, deben haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida;
• Estar calificado en Lista N° 1 de distinción;
No estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras h), c) y d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos, esto es:
• No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos.
• Haber sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante.
• Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.
Los suplentes deben cumplir el mismo lapso de tiempo de desempeño que la normativa prevé para los empleos a contrata.
Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades, contenidas en los artículos 54 del D.F.L N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es:
• Tener vigentes o suscribir, por si o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
• Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
• Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando esta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
• Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
• Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.
Requisitos específicos
i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y experiencia profesional no inferior a 3 años, o
ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por este, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y experiencia profesional no inferior a 4 años.
Documentos requeridos para postular
• Copia simple Certificado de Título Profesional.
• Curriculum Vitae según formato indicado en anexo N° 4.
• Copia simple de Certificados o documentos que acrediten experiencia.
• Copia simple de Certificados que acrediten capacitación, pos títulos y/o postgrados, según corresponda.
• Certificado de la Jefatura de Recursos Humanos o encargado/a de Personal o el que haga de sus veces del Servicio donde se encuentra desempeñando funciones, que acredite lo siguiente:
a. Calidad de funcionario/a de planta o a contrata de alguno de los Ministerios o Servicios regidos por el Estatuto Administrativo. En el caso de los empleados a contrata, requerirán haberse desempeñado en tal calidad, a lo menos, durante los tres años previos. En el caso de los funcionarios suplentes tendrán que acreditar su experiencia y calidad jurídica igualmente, durante los tres años previos.
b. Calificación obtenida en el período inmediatamente anterior.
c. No estar afecto a las siguientes inhabilidades:
i. No haber sido calificado/a durante dos períodos consecutivos.
ii. Haber sido objeto de medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante.
iii. Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.
Declaración jurada que acredite que el/la postulante no se encuentra afecto a las inhabilidades contempladas en el artículo 54, del D.F.L N'1/19.653 de 2000 del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de las Bases Generales de la Administración del Estado.