Documentos requeridos para postular
La documentación requerida para formalizar la postulación y acreditar el cumplimiento de los requisitos de postulación es la siguiente:
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Ficha de postulación, según formato adjunto en las Bases del Concurso. (Descargar en sitio web www.gendarmeria.gob.cl; banner “Trabaje con nosotros”.)
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Currículum vitae, según formato adjunto en las Bases del Concurso. (Descargar en sitio web www.gendarmeria.gob.cl; banner “Trabaje con nosotros”.)
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Fotocopia simple del Certificado de Título Profesional.
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Fotocopia simple de Certificados que acrediten capacitación, magíster, postítulos o postgrados.
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Documentación que certifique su calidad de funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio regido por el Estatuto Administrativo, y en el caso de los funcionarios a contrata, deben acreditar haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida.
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Documentación que certifique la calificación obtenida en el período inmediatamente anterior.
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Certificado(s) que acredite(n) experiencia laboral, según formato adjunto en las Bases del Concurso. (Descargar en sitio web www.gendarmeria.gob.cl; banner “Trabaje con nosotros”.)
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Certificado original del Jefe de Recursos Humanos o encargado de Personal del Servicio que indique no estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras b), c) y d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos:
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No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos.
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Haber sido objeto de medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante.
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Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante.
i. Declaración jurada simple, según formato adjunto en las Bases del Concurso, que acredite lo señalado en el Artículo 12 letra f) del Estatuto Administrativo y en los artículo 54 y 56 ambos del DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. La falsedad de esta declaración, hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal. (Descargar en sitio web www.gendarmeria.gob.cl; banner “Trabaje con nosotros”.)