Requisitos Generales / Específicos
1. Requisitos generales:
Los/as postulantes deberán cumplir con los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley N°18.834 sobre Estatuto Administrativo, a saber:
· Ser ciudadano;
· Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
· Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
· Poseer el nivel educacional que exige la ley;
· No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
· No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
Los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades, contenidas en los artículos 54 y 56 ambos del DFL N°1/19.653, publicado el año 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es:
§ Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
§ Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
§ Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
§ Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
§ Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
Los postulantes que cumplan los requisitos legales y generales detallados previamente, podrán acceder a la fase de evaluación del proceso que se establece en la presente base.
2. Requisitos específicos:
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Título profesional de una carrera de no menos de ocho semestres o cuatro años de duración, en su caso, otorgado por una universidad o un instituto profesional del Estado o reconocido por éste.
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Título Profesional del área de Ingeniería Civil en materia de planificación y evaluación de proyectos y/o afines al área como: Arquitecto, Geógrafo, entre otros.
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Con experiencia en instituciones públicas y/o privadas de al menos 3 años, en áreas de infraestructura y equipamiento, de preferencia en relación con gobiernos regionales, organismos sectoriales del rubro o municipalidades y en materias de desarrollo de políticas públicas, programas, estudios o proyectos de desarrollo regional, local o sectorial del rubro.