Experiencia Exigida por la norma DFL Nº 37:
Deseable:
El proceso de selección se desarrollará a través de las siguientes etapas sucesivas:
A. ANÁLISIS CURRICULAR: Corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los postulantes considerando la formación educacional, capacitación y experiencia profesional.
B. EVALUACIÓN PSICOLABORAL: En esta etapa se evaluará la adecuación psicolaboral del postulante para el desempeño del cargo, conforme a las competencias indicadas en el perfil.
La ciudad en que se realizará la evaluación se informará oportunamente y el costo asociado al traslado para participar es de responsabilidad del postulante.
C. ENTEVISTA INDIVIDUAL: En esta etapa se evaluará la adecuación psicolaboral del postulante para el desempeño del cargo, conforme a las competencias indicadas en el perfil.
D. ENTEVISTA DE APRECIACIÓN GLOBAL: A través de una entrevista personal realizada por una comisión de selección, se aprecia de forma global a los postulantes. Todas las etapas son de carácter presencial.
SELECCIÓN FINAL: Se confeccionará una lista de postulantes con aquellos que aprobaron las tres etapas anteriores, ordenados en forma decreciente según su puntaje final, obtenido de la suma de los puntajes de las etapas análisis curricular, las evaluaciones psicolaborales y entrevista de apreciación global.
Las Entrevistas psicolaborales y Comité de Selección se realizará en la Ciudad de Santiago (según el servicio que requiera la contratación), el gasto que implique el traslado para postulantes(as) es de exclusiva responsabilidad de los(as) interesados.
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.