1. Organizar, dirigir, programar, controlar y evaluar la atención del subdepartamento en relación a fallecidos en conformidad con los programas y normas establecidas al interior del Hospital, en conjunto con la Jefatura del Subdepartamento.
2. Supervisar el desempeño del personal de 4º turno a cargo que participa de la atención directa a los usuarios, especialmente en lo referido a la entrega de información, resolución de consultas, orientación y apoyo a familiares de fallecidos.
3. Coordinar la organización interna en temas administrativos del personal a cargo en sus funciones, organización de turnos, feriados legales, horas extraordinarias, licencias médicas y supervisión de aseo con aprobación de la Jefatura del Subdepartamento.
4. Mantener informado al personal del Subdepartamento en forma periódica de los acuerdos tomados con la Dirección del recinto.
5. Coordinación, en horario hábil, de los flujos de traslado, recepción y entrega de fallecidos del recinto asistencial.
6. Monitorear el cumplimiento del procedimiento de manejo de fallecidos del subdepartamento.
7. Elaborar informe mensual con estadísticas de ingresos de fallecidos al subdepartamento.
8. Mantener insumos suficientes en la sección de fallecidos permitiendo su continuidad para realizar un trabajo adecuado.
9. Participar en las evaluaciones e informes de desempeño del personal a cargo del subdepartamento.
10. Cumplir con otras funciones de tipo administrativas encomendadas por jefatura directa.
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.