Requisitos Generales / Específicos
Según el artículo 2º, puntos IV y VI del DFL Nº 4, de 2012, que Fija la Planta del Personal de la Superintendencia de Educación, para los Estamentos y Grado que se indica, es necesario cumplir el siguiente requisito para el ingreso a la institución:
Estamento Profesional / Grado 15° E.O.F.
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Contar alternativamente con:
a) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente.
b) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos años (*) en el sector público o privado.
(*) Si el título es profesional de 8 o 9 semestres, deben haber transcurrido al menos dos años desde la fecha exacta de obtención del título profesional.
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Estamento Técnico / Grado 15° E.O.F.
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Título Técnico de Nivel Superior o su equivalente otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia laboral como técnico de nivel superior no inferior a dos años (*) en el sector público o privado.
(*) Si el título es técnico de nivel superior, deben haber transcurrido al menos dos años desde la fecha exacta de obtención del título técnico de nivel superior.
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IMPORTANTE: Los interesados en postular a esta función deberán cumplir con al menos uno de los dos requisitos indicados, ya sea para el Estamento Profesional, o bien para el Estamento Técnico. Esto es indispensable para la contratación del cupo, por lo que no se considerarán los antecedentes de aquellos que no cumplan con las exigencias para al menos uno de los dos Estamentos.
El cumplimiento de este requisito se evaluará en base al tiempo de titulación transcurrido hasta el día estimado de finalización del proceso de selección, esto es, el postulante debe cumplirlo al 2 de Octubre de 2015.
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Además de lo anterior, los interesados en postular deberán cumplir los siguientes requisitos para el ingreso a la Administración del Estado:
- Ser ciudadano.
- Haber cumplido con la ley de reclutamiento y selección (varones).
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencias de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido cinco años o más desde la fecha de expiración de las funciones.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o delito simple.
Asimismo, es requisito para ingresar a la Administración del Estado, no estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54 y 56 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, a saber:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
Los interesados en postular deberán dar constancia de no estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades mencionadas, a través de la firma de la última hoja de la Ficha de Postulación (titulada “Declaración Jurada”).